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    A raíz del cambio de medidores: Tenga claro lo que hacen los legisladores por los cuales usted vota

    Portal Puente AltoPor Portal Puente Alto10 Marzo, 2019Actualizado:16 Abril, 2020Tiempo lectura 4 minutos
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    Hola, nuevamente.

    Hoy me referiré a un problema que ha surgido tanto para los habitantes de Puente Alto, como para el resto del país: la Ley que dispone el cambio de medidores de consumo de electricidad con cargo al consumidor.

    Respecto de esta ley, que fue aprobada por al actual Congreso hacia el final del gobierno anterior, he leído diversos comentarios en las redes sociales, tanto favorables como desfavorables, por lo que me gustaría hacer algunos alcances jurídicos básicos, para que las personas puedan comprender ciertos aspectos básicos de la discusión.

    En primer lugar, la regulación de todo lo relativo a la generación y distribución de energía eléctrica se realiza mediante normas tremendamente técnicas y de muchísima complejidad. El mercado eléctrico no es un “mercado libre” como he leído en algunos comentarios, sino que es un “monopolio natural” (otros lo denominan como “monopolio legal”) muy regulado por el Estado.  Esto es así, porque la electricidad sólo puede ser más barata si existe un solo oferente, ya que no tiene sentido que sean varias las empresas que al mismo tiempo presten el servicio (por ejemplo: si fueran 5 empresas, debiera haber 5 veces más cables en los postes o, incluso, 5 veces más postes, para que se pudiera distribuir la electricidad por cada una de ellas).

    Por esto no es un mercado libre y es el Estado el que regula casi todos los aspectos de este negocio. Para eso, dicta leyes en las que incluso determina de quién es el medidor de la electricidad y quién debe pagar los costos de la mantención del medidor.

    La idea de regular específicamente el dominio de los medidores surgió a propósito del problema que generan las catástrofes naturales en Chile. La regla general dictamina que si un objeto se destruye a propósito de una catástrofe imposible de prever y de controlar sus efectos (en derecho le llamamos caso fortuito) la destrucción debe soportarla el dueño. Entonces, si en un terremoto destruye el medidor de electricidad  de mi casa, y como actualmente los medidores pertenecen a los consumidores, entonces, yo, como consumidor, debo soportar el costo de la reposición del mismo.  Pues bien, con la finalidad de que esto no ocurriera, nació la idea de que los medidores pertenezcan a la compañía (lo que tiene todo sentido, porque es un aparato que sólo le sirve a la empresa eléctrica y no presta ninguna utilidad al dueño de casa). Si los medidores que pertenecen a la empresa se destruyen sin que dicha destrucción se deba a alguna acción o culpa del cliente, entonces su dueño (la empresa) debe reponerlo. El problema surgió en que la tramitación legal tuvo tantos debates y se le agregaron tantas ideas nuevas, que del Congreso salió una ley que terminó perjudicando a los consumidores: Se logró la finalidad de que el medidor sí pertenezca a la empresa, pero tendrá que pagarlo el consumidor (lo que constituye una figura jurídica muy difícil de entender desde el punto de vista lógico). Además, se aprovechó de plantear la compra y uso de “medidores inteligentes” que cobran de manera diferenciada el consumo dependiendo de la hora en la que se produzca el mismo (con cobros más altos en “hora punta” y, más baratos “hora baja”),  lo que muy seguramente implique un alza en las cuentas de las personas, porque este tipo de cobro es más estricto que los casos de “tarifa plana”.

    Lo más llamativo es que los propios legisladores (Senadores y diputados) que aprobaron la ley, hoy en día están reclamando contra ella, reconociendo que la aprobaron sin entender lo que legislaban.

    Como se trata de una ley, es muy difícil luchar contra ella, pese a lo notoriamente injusta que es. Los abogados podríamos intentar el recurrir ante el Tribunal Constitucional para que se declare la inaplicabilidad de esta ley, pero se debe analizar muy bien la causal por la que se podría presentar el recurso, ya que no es un tema sencillo.

    Mientras tanto, usted que concurre a votar, averigüe si uno de los diputados y senadores de la zona donde vive votó a favor de la esta ley y por qué lo hizo. Es importante que tenga claro lo que hacen los legisladores por los cuales usted vota.

    Por Gonzalo Lobos

    Foto: Archivo

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      Periodista con seis años de experiencia y además relator de fútbol. Me considero riguroso y apasionado por lo que hace y siempre publico con responsabilidad. Me gusta Puente Alto y siempre trato de destacar lo positivo.

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