¡Hola a todos los lectores del Portal!
Hoy veremos sobre un tema que interesa a todos, ya que tiene relación con la seguridad ciudadana en nuestras calles y plazas: el correcto uso de los denominados “bienes nacionales de uso público”.
Hace unos meses conocimos un video viral que mostraba a un señor que intentaba sacar a unas personas que se encontraban en el borde de un lago, argumentando que era su propiedad. Las afectadas reclamaban que era la playa del lago y que, en su calidad de playa, era un bien que podía ser utilizado, y disfrutado, por todas las personas. Esta situación generó una interesante polémica respecto del derecho a usar y disfrutar de determinados lugares que, por su calidad de bien nacional de uso público, son accesibles a todos nosotros.
Pues bien, no sólo las playas de mar, ríos y lagos son bienes de uso público. Las calles, pasajes, avenidas y plazas públicas también lo son, de modo que todos nosotros tenemos derecho a darle el uso para el que están destinados. ¿Y cuál es este uso? El que naturalmente debe dársele a cada lugar: Si es una calle, avenida o pasaje, su uso consiste en transitar por él, tanto a pie como en vehículos (automóviles, bicicletas, etc.) de la manera que la ley exige: Los peatones por la acera y los vehículos por la calzada, sin causar destrozos y sin generar ruidos molestos. Asimismo, las plazas públicas son lugares de esparcimiento público, en el que los vecinos pueden jugar, descansar, comer o realizar actividades deportivas, dentro de una lógica de sano uso, evitando ensuciar, hacer ruido y cuidando el mobiliario que la municipalidad generalmente provee.
¿Puedo apropiarme de un bien nacional de uso público? La respuesta es no. Sólo puedo pedir autorizaciones especiales (llamadas permisos o concesiones) para poder tener el uso y goce exclusivo de determinada zona de estos bienes. Esto es lo que ocurre con los kioskos o los cuidadores de estacionamientos en las calles, quienes pagan un derecho para el uso de esos bienes.
Como estos lugares existen para el uso de todas las personas y sólo mediante autorizaciones específicas se permite el uso particular hay ciertas situaciones que generan problemas. Por ejemplo, el interés de ciertos vecinos para cerrar los accesos a las calles donde están sus casas para otorgarse mayor seguridad. En general, las autoridades han rechazado estos permisos, porque impiden el libre tránsito a las personas en calles que debieran estar abiertas al uso de todos. El Estado estima que así se evita que los vecinos del sector se “adueñen” de la calle para su uso particular. Hoy existe un proyecto de ley que busca regular este problema, tratando de combinar los intereses de los vecinos con los intereses del grupo social que transita por el sector respectivo.
Por otro lado, tampoco puedo instalarme y hacer uso como si fueran mías las plazas, sitios eriazos o espacios públicos que pertenezcan al Estado, ya que, como lo expliqué, nadie puede apropiarse de ellos y se necesitan permisos para poder lograr la exclusividad en su uso. El resultado de esto es que se estima que no se puede “vivir” en una plaza o sitio eriazo, ni tampoco (y atención con esto, porque muchos vecinos lo hacen) ampliar sus antejardines, corriendo la reja de cierro, tomándose parte de la vereda, ya que se incurre en una infracción que pude derivar en echar con la fuerza pública a la persona de aquel lugar que está ocupando, cursar una infracción a quien corre su cierre, agrandando su antejardín, y la posterior destrucción, a costa de quien edificó, de aquella obra o construcción edificada ilegalmente sobre el bien nacional de uso público.
Espero haber aclarado un poco cual es la lógica que regula los espacios públicos de manera que todos puedan comprender su importancia y el correcto uso de ellos.
Un gran saludo a todos, que tengan una gran semana.
Por Gonzalo Lobos.
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