En 2026 la restricción vehicular aplica en toda la provincia de Santiago y en las comunas de Puente Alto y San Bernardo, se aplicará desde el 1 de mayo al 31 de agosto de lunes a viernes con excepción de festivos desde las 7:30 a 21:00.
La restricción vehicular es una medida del gobierno que limita el tránsito de vehículos en toda la Región Metropolitana con el fin de disminuir la contaminación ambiental y atenuar las consecuencias ambientales vividas en cada invierno.
¿Qué vehículos tendrán restricción vehicular?
Tendrán restricción los autos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, motos inscritas antes de 1 de septiembre de 2010 y autos sin sello verde, es decir sin convertidor catalítico.
Cabe destacar que cuando se decrete pre emergencia ambiental habrá restricción para los 2 dígitos ya mencionados, pero también se les suman los vehículos de carga, incluidas las camionetas, sin importar su año de fabricación.
Restricción vehicular para autos con sello verde
En cuanto a los automóviles, station wagons o similares con sello verde que aplican en esta lista son los inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2011 de acuerdo a su último dígito de placa patente.
- Lunes: todos los vehículos terminados en 8 y 9
- Martes: todos los vehículos terminados en 0 y 1
- Miercoles: todos los vehículos terminados en 2 y 3
- Jueves: todos los vehículos terminados en 4 y 5
- Viernes: todos los vehiculos terminados en 6 y 7
Restricción vehicular para autos sin sello verde
Para los automóviles, station wagons o similares sin sello verde y motocicletas que aplican en esta lista son los inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 2002; fuera del perímetro de Americo Vespucio, pero dentro de la Provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo de acuerdo a su último dígito de placa patente.
- Lunes: todos los vehículos terminados en 6,7,8 y 9
- Martes: todos los vehículos terminados en 0,1,2 y 3
- Miercoles: todos los vehículos terminados en 4,5,6 y 7
- Jueves: todos los vehículos terminados en 8,9,0 y 1
- Viernes: todos los vehiculos terminados en 2,3,4 y 5
Restricción vehicular para motos o similares
Por último, para las motocicletas y similares que aplican en esta lista son los inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados antes del 1 de septiembre de 2010 de acuerdo a su último dígito de placa patente.
- Lunes: todos los vehículos terminados en 8 y 9
- Martes: todos los vehículos terminados en 0 y 1
- Miercoles: todos los vehículos terminados en 2 y 3
- Jueves: todos los vehículos terminados en 4 y 5
- Viernes: todos los vehiculos terminados en 6 y 7
También cabe destacar que los autos no catalíticos tiene prohibido circular dentro de anillo de Americo Vespucio durante los horarios de restricción vehicular.
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