Este lunes 2 de marzo de 2026 entra en vigencia en Chile la Ley N.º 21.801, normativa que regula y prohíbe el uso de teléfonos celulares y otros dispositivos móviles electrónicos de comunicación personal dentro de los establecimientos educacionales que imparten educación parvularia, básica y media.
La medida comienza a aplicarse con el inicio del año escolar 2026, marcando un cambio en la dinámica diaria de estudiantes y comunidades educativas. Aunque la prohibición ya rige formalmente, los establecimientos educacionales de todo el país tienen plazo hasta el 30 de junio de 2026 para actualizar sus reglamentos internos y definir los mecanismos de implementación.
Alcance de la normativa
La nueva ley prohíbe el uso de celulares y dispositivos similares durante la jornada escolar, especialmente durante actividades curriculares dentro de las aulas. La normativa se aplica a todos los niveles educativos obligatorios, independientemente de si son establecimientos públicos, privados o subvencionados.
La prohibición se enmarca en una política conocida como “Modo Aula“, cuyo objetivo declarado por las autoridades educativas es recuperar la concentración de los estudiantes, fomentar la interacción social y mejorar la convivencia escolar, reduciendo las distracciones que generan los dispositivos móviles durante el día escolar.
Excepciones contempladas
Aunque la regla general es la prohibición, la ley contempla situaciones específicas en las que sí se podrá autorizar el uso de dispositivos móviles dentro de los establecimientos, siempre que queden claramente establecidas en los reglamentos internos y cuenten con la autorización de las autoridades del colegio. Entre estas excepciones se encuentran:
- Estudiantes con necesidades educativas especiales que requieran el dispositivo como apoyo técnico para su aprendizaje.
- Casos de condiciones médicas que obliguen a monitoreo continuo mediante el celular.
- Situaciones de emergencia, desastre o catástrofe que lo justifiquen.
- Uso del dispositivo como herramienta pedagógica planificada durante actividades curriculares.
- Solicitudes fundadas y temporales de apoderados por razones de seguridad personal o familiar del estudiante.
En el caso de la educación media, los reglamentos internos de cada establecimiento también podrán definir espacios, horarios o actividades específicas en los que se autorice el uso de celulares, en atención a la autonomía progresiva de los estudiantes.
Desafíos e implementación
Aunque la entrada en vigencia de la normativa ya es efectiva, su aplicación práctica dependerá en gran medida del desarrollo de los reglamentos internos de cada comunidad escolar. En este período de transición, las direcciones deberán comunicar con claridad las normas, excepciones y sanciones a estudiantes y apoderados.
La implementación de esta ley también responde a preocupaciones sociales más amplias sobre el impacto de los dispositivos móviles en la concentración, el rendimiento escolar y el bienestar emocional de niñas, niños y adolescentes.
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