El proyecto quedó listo para su promulgación y será ley dentro de las próximas semanas.
Este miércoles la Cámara de Diputados despachó el proyecto de ley que sancionará el acoso callejero, que considera penas desde multas a presidio en grado mínimo a medio.
La iniciativa fue aprobada por unanimidad con 149 votos a favor, y castigará a aquel que “en lugares públicos o de libre acceso al público y que, por cualquier medio, capte, grabe, filme, o fotografíe imágenes, videos o cualquier registro audiovisual, de los genitales u otra parte íntima del cuerpo de otra persona con fines de significación sexual y sin su consentimiento”. La sanción por este delito será una pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) y multa de 5 a 10 UTM (241 mil a 483 mil pesos) mensuales.
La misma pena se aplicará a quienes realicen alguna maniobra sorpresa o sin el consentimiento de la víctima en el caso de personas mayores de edad.
Por otro lado, la ley define acoso sexual como aquellos que realicen “en lugares públicos o de libre acceso público y sin mediar el consentimiento de la víctima, un acto de significación sexual capaz de provocar una situación objetivamente intimidatoria, hostil o un delito al que se imponga una pena más grave”.
En este sentido, la ley castigará los actos de carácter verbal o por medio de gestos que tengan alguna significancia sexual con multas de entre una y tres UTM. Además, se penalizarán las acciones que impliquen alguna persecución, acercamientos, exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito. En estos casos se aplicarán penas de prisión en su grado medio a máximo (21 a 60 días) y multas de 5 a 10 UTM.
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