Este jueves 5 de noviembre la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputadas y Diputados,finalmente aprobó en particular el proyecto que permite realizar un segundo retiro de hasta el 10% de los fondos de pensiones. De este modo, la iniciativa avanzó a la Sala de la Cámara de Diputados.
Cabe recordar que el pasado miércoles solo se alcanzó a aprobar el primer artículo del proyecto, quedando pendientes varias indicaciones. En esa misma jornada también quedó despachado el texto para que personas con enfermedades terminales puedan retirar la totalidad de sus ahorros.
En aquella instancia también aprobaron la idea de un retiro máximo de 150 UF y un mínimo de 35 UF. Si los fondos son menores a esta cifra, se podrá retirar la totalidad de ellos. La diferencia con el primer retiro será que la entrega de los recursos esta vez se efectuará en una sola cuota, y será en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que es presentada la solicitud de retiro.
A continuación te aclaramos qué indicaciones del proyecto fueron aprobadas y cuáles rechazadas durante la jornada de ayer:
Indicaciones Aprobadas
Impuesto a la renta
- Con 7 votos a favor y 6 en contra, se aprobó la idea de que los fondos retirados constituyan renta, con la única excepción de aquellas personas que tributen menos de 2,5 millones de pesos mensuales, siempre que el monto de retiro sea superior a 35 UF.
Transparencia de autoridades públicas
- Se aprobó la iniciativa que impulsa a que las autoridades públicas incorporen en su declaración de intereses y patrimonio la información sobre el primer retiro del 10% y, de aprobarse y posteriormente solicitarlo, de este segundo.
Reintegro voluntario
- Con 12 votos a favor, ninguno en contra y 1 abstención, se aprobó la indicación de reintegrar los fondos retirados a través de una cotización de carácter voluntaria adicional de 5% mensual. El afiliado podrá suspender o discontinuar esta acción.
Indicaciones rechazadas
Pilar Solidario
- Con 6 votos a favor y 7 en contra, la Comisión rechazó las indicaciones que impulsan que la administradora de fondos de pensiones podría informar a su afiliado el impacto que tendría el segundo retiro en su futura pensión. La indicación también establecia que a futuro, cuando se deba calcular los beneficios del Pilar Solidario, deben considerarse los fondos disponibles antes del retiro de los fondos.
Requisitos para acceder al beneficio
- Con 5 votos a favor y 6 en contra, fue rechazada la indicación que restringía un segundo retiro solo a quienes ya aplicaron la totalidad de los beneficios del seguro de desempleo, o aquellos que experimentaron una disminución de, al menos, un 30% de sus ingresos mensuales.
- También se restringía a las personas que en los últimos siete meses hubiesen percibido ingresos mensuales promedio.
Tercer retiro del 5%
- Con 9 votos a favor y 4 en contra, la Comisión declaró inadmisible la indicación para que personas afiliadas al sistema privado de pensiones pudieran efectuar un retiro adicional equivalente al 5%. Esta condición era siempre y cuando, transcurrido el plazo de seis meses después de haber efectuado el segundo retiro, no registraran ninguna cotización previsional.
Ahora que el proyecto avanzó a la Sala, se necesitarán 93 votos para aprobarlo y así poder despacharlo a la Comisión de Constitución del Senado.
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