Este jueves, desde el centro de distribución de Chilexpress, el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo abrió el segundo llamado para su programa Reinvéntate, el cual se creó especialmente para personas que han quedado cesantes recientemente y que buscan una oportunidad laboral.
En esta segunda edición, se ofrecen 1350 cupos en 5 áreas de alto crecimiento y demanda: Energías Renovables, Telecomunicaciones, Logística y Computación e Informática.
El Programa Sence imparte capacitación de manera presencial con una duración de entre 80 a 400 horas, además de incorporar apoyo sociolaboral acompañando al postulante durante el proceso de selección, orientación y capacitación para lograr reinsertarse laboralmente.
Dentro de los beneficios que entrega este proyecto se considera subsidio de locomoción y/o alimentación para los que realicen cursos como: Operaciones básicas de conducción de un Dron (RPA), Operación de Grúa Horquilla, Servicio de instalación, mantención y reparación de redes telefónicas, internet y televisión.
Requisitos para postular
- Tener más de 18 años y encontrarse cesante al momento de la postulación.
- Encontrarse dentro del 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
- Contar con un mínimo de 12 cotizaciones previsionales en los últimos 24 meses, continuas o discontinuas; y a lo menos, una cotización en los últimos 12 meses.
- Las personas mayores de 18 y menores de 20 años, deben contar con Enseñanza Media completa al momento de su postulación.
Las postulaciones se realizan en www.sence.cl en donde puedes elegir un máximo de 3 cursos, de los cuales solo te podrías matricular en uno. También puedes realizar el proceso en las oficinas regionales de Sence y en la OMIL de la comuna.
Para poder matricularte, debes acreditar tu condición de cesante con alguno de estos documentos:
- Certificado AFP últimas cotizaciones (3 últimos meses).
- Copia de Finiquito (con una antigüedad no mayor a 30 días).
- Carta de Despido emitida por el empleador validado ante la Inspección del Trabajo (con una antigüedad no mayor a 30 días).
- Carta de Renuncia del trabajador, ratificada ante la Inspección del Trabajo (con antigüedad no mayor a 30 días.
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