Este jueves fue publicada en el Diario Oficial la ley (N°21.208) que modifica el Código Penal y así tipificar acciones que atenten contra la libertad de circulación de personas en la vía pública a través de medios violentos e intimidatorios como por ejemplo el denominado “el que baila pasa”, a esto se le agrega penas para el saqueo.
Frente a esto, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años) el que lance objetos cortopunzantes o piedras a personas o vehículos que se encontrasen en la vía pública.
En tanto los que realicen barricadas, impidan el paso y libre tránsito (incluyendo “ El que baila pasa”) arriesga la pena de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días).
Y con respecto a los saqueos, se tipificó la pena de hasta 5 años de cárcel, la cual aumentaría si se realiza en contexto de calamidad pública o catástrofes naturales.
Si deseas revisar el texto completo puedes verlo aquí.
¿Te gustó esta noticia?
Recibe las mejores noticias de Puente Alto cada semana directamente en tu correo.
📧 Sin spam • Cancela cuando quieras • +2,500 suscritos


