Amplio listado incluye al sector turístico, gastronómico, de transportes escolares, belleza, jardines infantiles, entre otros.
Ya se encuentra publicada en el Diario Oficial la norma que fija el bono Alivio Pyme, cuyo objetivo es apoyar con un millón de pesos a todas las Mypes que hayan sido golpeadas por la pandemia.
Tal como señala la ley, 56 rubros podrán acceder al beneficio en forma automática, siempre y cuando sus ingresos anuales no hayan superado las 25.000 UF durante 2020. Del mismo modo, quienes no desempeñen sus actividades económicas dentro de estas áreas podrán postular a través de la página de Servicios de Impuestos Internos a contar del 1 de julio.
Para recibir este monto, las pequeñas empresas deben cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:
- Haber contratado un trabajador durante el año pasado;
- Contar con declaraciones de ingresos por ventas al menos dos meses, ya sea en 2020 o en 2021 (continuos o discontinuos); o
- Pertenecer a los rubros más golpeados desde la irrupción del Covid-19 (ver listado).
Listado
En relación con el último requisito informado, los rubros que se consideran como los más afectados son:
- Fabricación de otros productos de porcelana y de cerámica.
- Fabricación de joyas y artículos conexos.
- Venta al por menor de artículos de joyería, bisutería y relojería en comercios especializados.
- Venta al por menor de recuerdos, artesanías y artículos religiosos en comercios especializados.
- Venta al por menor de alimentos, bebidas y tabaco en puestos de venta y mercados (incluye ferias).
- Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir y calzado en puestos de venta y mercados.
- Venta al por menor de otros productos en puestos de venta y mercados (incluye ferias).
- Transporte de pasajeros vía taxi colectivo.
- Servicios de transporte de escolares.
- Servicios de transporte de pasajeros en taxis libres y radiotaxis.
- Servicios de transporte a turistas.
- Transporte de pasajeros en buses interurbanos.
- Transporte de pasajeros por vías de navegación interiores.
- Venta al por menor de diarios y revistas.
- Actividades de hoteles.
- Actividades de moteles.
- Actividades de residenciales para turistas.
- Otras actividades de alojamiento para turistas.
- Actividades de camping y de parques para casas rodantes.
- Actividades de residenciales para estudiantes y trabajadores.
- Otras actividades de alojamiento.
- Actividades de restaurantes y de servicio móvil de comidas.
- Suministro de comidas por encargo (servicios de banquetería).
- Suministro industrial de comidas por encargo; concesión de servicios de alimentación.
- Actividades de discotecas y cabaret (night club), con predominio del servicio de bebidas.
- Otras actividades de servicio de bebidas.
- Otras actividades especializadas de diseño.
- Servicios de revelado, impresión y ampliación de fotografías.
- Alquiler y arrendamiento de equipo recreativo y deportivo.
- Actividades de agencias de viajes.
- Actividades de operadores turísticos.
- Organización de convenciones y exposiciones comerciales.
- Enseñanza preescolar privada.
- Enseñanza deportiva y recreativa.
- Servicios de producción de obras de teatro, conciertos, espectáculos de danza, otras producciones escénicas.
- Actividades artísticas realizadas por bandas de música, compañías de teatro, circenses y similares.
- Actividades de artistas realizadas de forma independiente: actores, músicos, escritores, entre otros.
- Servicios prestados por periodistas independientes.
- Otras actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.
- Enseñanza preescolar pública.
- Actividades de museos, gestión de lugares y edificios históricos.
- Actividades de jardines botánicos, zoológicos y reservas naturales.
- Actividades de casinos de juegos.
- Otras actividades de juegos de azar y apuestas.
- Hipódromos.
- Gestión de salas de billar; gestión de salas de bolos (bowling).
- Gestión de otras instalaciones deportivas.
- Actividades de clubes de fútbol amateur y profesional.
- Actividades de otros clubes deportivos.
- Promoción y organización de competencias deportivas.
- Otras actividades deportivas.
- Actividades de parques de atracciones y parques temáticos.
- Gestión de salas de pool; gestión (explotación) de juegos electrónicos.
- Otras actividades de esparcimiento y recreativas.
- Reparación de calzado y de artículos de cuero.
- Peluquería y otros tratamientos de belleza.
Cómo postular
El próximo jueves 1 de julio comenzará el periodo de solicitudes del “Bono de Alivio” y beneficios adicionales a través del sitio web del SII. Una vez hecha la solicitud y aceptada, el pago deberá realizarse dentro de 20 días.
El bono podrá solicitarse por una sola vez, durante el plazo de un mes.
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